El Título I de la ADA requiere que empleadores con 15 o más empleados le provean igualdad de oportunidades de empleo a las personas con discapacidades. Empleadores pueden contratar, despedir, o ascender el individuo más calificado sin tomar en cuenta la discapacidad de él/ella. Título I cubre todos los aspectos del procedimiento de contratación, incluyendo los anuncios de posiciones disponibles, entrevistas, ofertas de trabajos, y finalmente la contratación. La ley estipula que todo empleador debe proveer las acomodaciones razonables necesarias de discapacidades obvias de un candidato o empleado calificado mientras que esto no ocasione una inconveniencia excesiva para el empleador.