Un empleador no tiene la obligación de proveer ninguna acomodación razonable cuando la implementación de la misma causa una inconveniencia excesiva lo cual significa que la acomodación es extremadamente difícil de implementar ó costosa. Una inconveniencia excesiva no sólo se refiere a una dificultad monetaria, sino también a las acomodaciones razonables que sean demasiado extensas ó aquellas que perjudican el desarrollo normal del trabajo o a las acomodaciones que fundamentalmente cambiarían la naturaleza o la operación del negocio.
Cada solicitud para una acomodación razonable deberá ser evaluada individualmente para determinar si tal acomodación podría causar una inconveniencia excesiva tomando en consideración:
Si el costo es un problema, el empleador debe de determinar si existen algunos fondos externos disponibles tales como una agencia de rehabilitación del estado que pague por toda o parte de la acomodación. Inclusive, el empleador debe de determinar si es elegible para ciertos créditos de impuestos o descuentos para minimizar el costo de la acomodación. En ciertos casos puede sucitarce que el costo de una acomodación puede considerarse una inconveniencia excesiva, el empleador podrá preguntarle al individuo con una discapacidad si puede pagar por cierta porción del costo total de la acomodación.
Un empleador no puede declarar que existe una inconveniencia excesiva si se basa en los prejuicios o temores de los empleados (o los clientes) ó considerar que al proveer la acomodación razonable puede producir un impacto negativo en la moral del empleado. Sin embargo los empleadores pueden declarar que existe una inconveniencia excesiva cuando una acomodación razonable perjudica el desarrollo normal del trabajo para los otros empleados.